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Ley de Propiedad Industrial

Ley N.º 9279 – 14/05/1996

Regula los Derechos y Obligaciones

Art. 1.º – Esta Ley regula los derechos y obligaciones relativos a la propiedad industrial.

Art. 2.º – La protección de los derechos relativos a la propiedad industrial, se realiza mediante la concesión de las patentes de invención, de los registros de marca y diseños industriales, etc.

Art. 3.º – Es aplicable también en esta Ley:

I.º – la petición de patente o de registro proveniente del exterior y depositado en el País por quien tenga protección asegurada por tratado o convención que esté vigente en Brasil: y

II.º – los nacionales o personas que viven en Brasil, la reciprocidad de derechos iguales o equivalentes.

Art. 4º. – Las disposiciones de los tratados en vigor en Brasil, son aplicables a las personas físicas y jurídicas domiciliadas en el país.

Art. 5.º – Los derechos de la propiedad industrial, se consideran bienes muebles, a efectos legales.

TITULO II – DEL DISEÑO INDUSTRIAL

Art. 94.º – Al autor le será asegurado o derecho de obtener registro de diseño industrial que le confiere la propiedad.

Art. 95.º hasta 121.º – Son los artículos relativos al diseño industrial, que son gestionados por los agentes de la propiedad industrial e intelectual.

Ofrecemos un servicio de asesoramiento integral en materia de propiedad industrial en materia de marcas, patentes y diseño industrial.

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